Preámbulo
Los derechos de las mujeres egipcias como musulmanas han saltado a la palestra de diversas corrientes internacionales en el contexto de la creciente preocupación por las cuestiones de género; han sido abordados, pero sobre todo criticados. Sin embargo, no es posible la comprensión de esos derechos si se prescinde del medio cultural. El islam es la religión dominante en la región árabe y, como tal, las dinámicas culturales se atribuyen en general a su práctica. Correctamente interpretado, el islam es una forma de vida, una religión global y exhaustiva que abarca todos los aspectos de la vida del individuo y que detalla claramente todos los derechos y deberes de los musulmanes. En este contexto, los derechos de las mujeres quedan explícitamente establecidos.
Sin embargo, la materialización real de tales derechos puede reflejar una discrepancia entre teoría y práctica. La situación resultante es que los componentes de la cultura musulmana en general, y los derechos de la mujer en particular, representan una imagen negativa extremadamente contaminada por un falso concepto ampliamente aceptado de la religión, especialmente porque los medios de comunicación tienden a exagerar cualquier aspecto cultural negativo y a culpar falsamente de él al islam. Asimismo, la Constitución egipcia garantiza la igualdad de todos los ciudadanos y rechaza claramente cualquier discriminación basada en el género, entre otros factores. Los datos, no obstante, muestran el predominio de los varones en diferentes niveles y en distintos aspectos, como la educación, el empleo y la participación política.
En este artículo trataré de abordar la cuestión de los derechos de las mujeres egipcias tal como los establecen la religión y la ley, e incidiré también en la discrepancia que aparece en este sentido en la práctica real. Hay que recordar que tal discrepancia no puede generalizarse para incluir a todas las mujeres, ni tampoco cabe extenderla a toda la cultura musulmana. El hecho es que en la cultura de Oriente Próximo tienden a prevalecer los elementos de dominio masculino, lo que afecta a las relaciones de género y, por ende, permite que en ciertos momentos los hombres disfruten de los privilegios que les otorga la religión, al tiempo que se ignoran los que ésta garantiza a las mujeres. Hay que afirmar de nuevo que aunque esta situación no es la norma, es probable que ocurra. Este artículo no pretende defender al islam, sino más bien clarificar falsos conceptos comunes que han estado circulando de manera creciente, en especial en los últimos años. La actual violencia adoptada por una minoría de musulmanes, claramente condenada por la mayoría de los seguidores de la fe, ha servido para aumentar la imagen negativa atribuida al islam.
Derechos versus práctica: la discrepancia.
Propiedad
El islam garantiza a la mujer el derecho a tener su propiedad, así como a gestionarla, independientemente de cualquier otro miembro de la familia. Sea soltera, casada, divorciada o viuda, su posesión es exclusivamente suya, sin que exista ninguna obligación de propiedad común o conyugal. La ley estipula claramente este derecho, así como el derecho a la herencia. Por lo tanto, es una práctica común para las mujeres egipcias, como para todas las demás mujeres musulmanas, mantener el apellido de soltera después del matrimonio, indicando así su identidad pública y diferenciada. La otra cara del panorama revela la imagen cultural de la mujer como el sexo más débil, no cualificado para gestionar correctamente los asuntos financieros, y que, en consecuencia, necesita de la interferencia y el control impuestos por un miembro masculino de la familia.
Educación
Como religión mundana que aborda cuestiones prácticas, el islam garantiza a las mujeres el derecho a la educación. Lo mismo hace la Constitución egipcia cuando subraya explícitamente la igualdad de todos los ciudadanos en todos los ámbitos de la vida. Las mujeres egipcias han disfrutado de este derecho ya desde tiempos antiguos, pero el verdadero ímpetu vino con el cambio ideológico de los años cincuenta, cuando se introdujeron nuevas medidas socialistas. El sistema educativo pasó a ser gratuito, lo que llevó a su difusión generalizada entre todos los ciudadanos, incluidas las mujeres, y a todos los niveles. En consecuencia, el número de mujeres que reciben educación ha ido en aumento. El hecho, no obstante, es que sigue existiendo una brecha de género en la educación, donde predominan los varones.
Esta brecha puede verse en la mayor tasa de analfabetismo existente entre las mujeres, así como en el mayor número de varones matriculados en todos los niveles educativos cuando se compara con el de las mujeres. El Informe sobre Desarrollo Humano del PNUD del año 2005 muestra que la tasa de alfabetización adulta para las mujeres de 15 años o más es del 43,6%, frente al 67,2% para los varones del mismo grupo de edad. Además, la proporción de matriculación conjunta de la enseñaza primaria, secundaria y terciaria es del 72% y el 80% respectivamente Se puede tratar de comprender mejor la situación arriba indicada a través de la dinámica cultural de la sociedad, donde los papeles de género aparecen claramente delineados y se crea un estatus privilegiado para los varones, tal como ya hemos mencionado. La socialización del papel de género tiende a aumentar esta brecha. A una niña se la educa ante todo en su papel de ama de casa y madre, al mismo tiempo que la socialización de los varones afirma su papel de sostén económico, y de ahí deviene la preferencia masculina en el derecho a la educación.
La religión no actúa en absoluto como barrera en este sentido. Incluso en el caso de quienes abandonan la enseñanza interviene el factor género. Cuando las mujeres dejan la escuela, la razón de ello suele ser casi siempre de índole doméstica.Normalmente es porque se casan. En algunos casos, porque asumen la responsabilidad de realizar las tareas de la casa o porque deben cuidar de sus hermanos. En otros puede que tengan que ir a trabajar fuera si pertenecen al segmento pobre, principalmente en el servicio doméstico, con el fin de poder ayudar al sustento de la familia. Existen variaciones regionales en la diferenciación del papel de género con respecto a la educación. Hay una disparidad urbana-rural, donde la segunda subcultura resulta más conservadora, lo que lleva a un mayor énfasis en los elementos tradicionales, y, por ende, a una disparidad más rígida en la diferenciación de género. Además, la cultura superior egipcia incluye las prácticas tradicionales más rígidas, especialmente las relativas a las mujeres. La relación entre pobreza y educación femenina implica otra dimensión de trascendencia aún mayor. Las familias que viven en condiciones de pobreza muestran un sesgo evidente en favor de la educación masculina. Cuando tienen la oportunidad, si la tienen, de enviar a sus hijos a la escuela y se ven forzadas a elegir entre su progenie, la selección recae siempre en los varones.
Empleo
La secuencia lógica de la expansión de la educación femenina lleva a las mujeres a acceder a las oportunidades laborales. Tradicional e históricamente, se han visto restringidas a una serie de empleos femeninos estereotipados, como maestras o enfermeras. La ampliación del ámbito de la educación ha abierto nuevas perspectivas laborales; en consecuencia, el número de mujeres en el mercado de trabajo se ha incrementado y ha pasado a cubrir todos los campos laborales. Una variable significativa que lleva a un mayor acceso de las mujeres al mercado de trabajo es el respaldo del sistema legislativo, que garantiza su igualdad tanto en las oportunidades de contratación como en los salarios. Además, en el islam existe una marcada ética laboral que no distingue entre hombres y mujeres.
La historia de comienzos de la era islámica está llena de ejemplos de mujeres dedicadas a diversas actividades económicas. La discrepancia entre el respaldo islámico al empleo femenino, junto con la base legislativa y la situación real de las mujeres en el ámbito del empleo, puede verse en la inferior representación de éstas en la población activa cuando se las compara con los hombres. La representación femenina en la población activa es sólo del 23,9%. Hay que mencionar en este sentido que una significativa proporción de mujeres se halla fuera del mercado de trabajo oficial, como revela su elevada representación en el sector laboral extraoficial. Este sector está abarrotado de mujeres, dado que éstas poseen una cualificación relativamente baja en relación con los hombres por las razones ya mencionadas, de lo que se deriva su reclutamiento como mano de obra extraoficial. En este caso no existen garantías relativas a los salarios, las horas de trabajo, la seguridad social, el entorno o cualesquiera otros derechos o privilegios laborales. Las mujeres tienen también una elevada representación en el trabajo no pagado, incluida la agricultura. La escasa representación de las mujeres en el empleo constituye, sin duda, un factor cultural derivado de una mentalidad masculina que prefiere confinar a la mujer en el ámbito doméstico.
Participación política
La participación política de las mujeres es otro aspecto que aparece cuando se abordan las cuestiones de género. Como ocurre con otros derechos, en este aspecto no hay barreras religiosas ni legales. La situación real, no obstante, refleja una baja participación política de las mujeres, ya sea como votantes, candidatas o en los órganos legislativos. La imagen cultural de la figura pública está definida por el hombre. Aunque las mujeres han conseguido derechos políticos a través de una larga y tortuosa lucha, esta imagen sigue predominando. Sólo cuatro mujeres pudieron acceder al Parlamento en las últimas elecciones, tras haber obtenido apenas el número de votos suficientes para ocupar su escaño.
Matrimonio
Los derechos maritales de las mujeres reconocen no sólo su voluntad independiente, sino también su identidad como miembros de la relación de pleno derecho. Para el islam, el matrimonio es una institución prácticamente inviolable. Entraña una relación permanente y sagrada. La religión también establece claramente los derechos y deberes de todos los miembros de la familia, y subraya el respeto mutuo del marido y la mujer. En resumen, el islam propugna el «santo matrimonio». La mujer ha de dar su consentimiento a la unión. De lo contrario, la relación carece de validez religiosa. El hecho de que algunas sociedades islámicas obliguen a casarse a las chicas constituye una clara violación de las exigencias religiosas y, en la mayoría de los casos, es algo que viene dictado por factores culturales. Como religión mundana, el islam permite el divorcio. Éste es un aspecto de los asuntos familiares que se ha visto sometido a grandes críticas, puesto que es discriminatorio con las mujeres e incluso, a veces, abusivo.
La razón de esta actitud es que es posible que los procedimientos de divorcio no se realicen de conformidad con la doctrina islámica. Los textos del islam consideran el divorcio «el más odioso privilegio concedido por Dios al hombre». Y como tal, debería ser el último recurso después de que la pareja haya agotado todos los medios y vías posibles para hacer que el matrimonio funcione. Cuando todo falla, el divorcio es la solución, pero siempre garantizando los derechos de todas las partes implicadas, especialmente de las mujeres y los niños, que son aquí los grupos vulnerables. Al divorciarse, la mujer tiene derecho a cobrar una cantidad única de dinero, que representa un pago atrasado de lo que obtiene del matrimonio, al margen de la pensión alimenticia designada para el primer año desde que tiene lugar el divorcio. La primera prioridad en la custodia de los hijos es para la madre hasta la edad de la pubertad, mientras que el sustento de los hijos es responsabilidad del padre.
Aunque la Ley del Estatuto Personal egipcia está codificada sobre la base de la doctrina islámica, es posible que su aplicación real incluya lagunas y que, en consecuencia, la puesta en marcha de su articulado tome un sesgo masculino. Aunque muchos casos de divorcio se resuelven a partir de las estipulaciones indicadas, muchos otros pueden incluir negociaciones, regateos y, lo que es más importante, la posibilidad de que se produzcan explotación o abusos masculinos. Son estos asuntos los que los medios de comunicación suelen exagerar y, por ello, se utilizan como un descarado ataque al islam. Ha habido tentativas de modificar la Ley del Estatuto Personal con el fin de evitar las posibles lagunas en su aplicación, facilitar los largos y complicados trámites de divorcio y, especialmente, las cuestiones de custodia.
Ablación del clítoris
Entre las prácticas negativas de las que se culpa falsamente al islam está la de la circuncisión femenina, conocida también como ablación del clítoris. El mundo no musulmán considera esta religión bárbara, cruel e inhumana, al tiempo que la culpa de una clara violación de los derechos humanos por obligar a las mujeres a someterse a este acto de violencia. En realidad, el islam es inocente de tal acusación. Este ritual es clara e innegablemente una práctica africana, que forma parte integrante de unos fuertes y rígidos patrones culturales relativos a la conducta femenina, que se centran en la castidad. Es un rito de paso africano. De hecho, el término árabe que lo define significa «purificación», en alusión a la pureza sexual femenina. La idea que subyace a esta práctica es reducir el deseo sexual de la mujer para proteger así su virginidad, a la que se atorga culturalmente un gran valor. Una evidencia en defensa de la inocencia del islam es que, en Egipto, este rito se practica tanto por musulmanes como por cristianos. Un estudio intensivo realizado por esta autora para la Organización Mundial de la Salud reveló que en África es común a musulmanes, cristianos, judíos e, incluso, paganos; de ahí su carácter cultural. Se están intensificando los esfuerzos por parte del gobierno para prohibir esta práctica, al tiempo que se canalizan varias campañas de concienciación igualmente intensivas en esa misma dirección, especialmente en los medios de comunicación.
Unas palabras finales
Este artículo ha tratado de arrojar luz sobre la cuestión de los derechos de la mujer en Egipto en cuanto que se ven atrapados entre las garantías religiosas y legales, por una parte, y la práctica real, por otra. La sociedad egipcia ha sido configurada por múltiples variables, cada una de las cuales ha tenido un impacto en la cultura. La secuencia de acontecimientos históricos, tanto externos como internos, ha creado una sociedad en la que predomina el islam. Sin embargo, intervienen también otras fuerzas más potentes, como las representadas por el pilar de la tradición en una sociedad de dominio masculino.
La dialéctica entre islam y cultura continúa, y las mujeres se ven atrapadas en medio de este dilema. Tanto más cuanto que el sistema legal actúa como otra variable en este drama, tratando de mantener y proteger la práctica de los derechos dados, además de proporcionar garantías contra su violación. Se están llevando a cabo serias tentativas para reforzar una interpretación de la doctrina islámica acorde con la vida moderna, dado que la propia esencia de esta religión hace que resulte aplicable a todas las épocas y todos los lugares. De ese modo, ninguna dinámica cultural reaccionaria podrá negar a las mujeres sus legítimos derechos, sean religiosos o legales. Las mujeres egipcias están hoy presentes en todos los ámbitos de la educación, ocupan toda clase de puestos laborales en la población activa, incluidos los que entrañan la toma de decisiones, y se presentan a las elecciones para diversos organismos políticos. Aunque existen raras situaciones que implican discriminación, o incluso abusos, lo cierto es que éstas no representan la norma.