EXPOSICIÓN
Pia Almoina
Barcelona


La riqueza de las mujeres

El derecho consuetudinario amazigh, transmitido oralmente de generación en generación y perpetuado en gran parte de las tribus, es un tipo de justicia impartida por la jama’a, o asamblea tribal, representada por un colectivo de hombres con frecuencia ancianos. Este corpus legislativo autóctono, muy diferente entre los grupos bereberes de un mismo país, convive con el fiqh o derecho islámico en el sistema social bereber hasta la homogeneización jurídica que llevaron a cabo los estados independientes a mediados del siglo xx. Una de las diferencias más notables entre ambos derechos se refiere a la herencia. Mientras que el derecho islámico otorga a las mujeres la mitad de lo que reciben los hombres, el derecho amazigh reparte generalmente los bienes de la herencia entre los varones.

Arracades (Regió de Gabes, Tunis). Col·lecció particular

Las joyas son siempre propiedad de las mujeres y representan su independencia económica en caso de problemas o desacuerdo con el cónyuge. Normalmente pasan en herencia de madres a hijas, aunque las mujeres amazighs también las reciben de manos de sus maridos o de los padres de éstos cuando se casan, ya que constituyen su dote. La cantidad y calidad de las joyas que reciben al contraer matrimonio varía según el pacto familiar y, sobre todo, según el estatus familiar de los dos contrayentes. Así, un hombre que quiera casarse con una mujer de una familia con muchos recursos tendrá que dar una dote muy alta expresada en joyas y, si es necesario, también en dinero o especies.

Las joyas, al igual que los vestidos, identifican a los miembros de una misma tribu, de manera que sus formas, materiales y decoraciones nos informan tanto del origen tribal como geográfico de las mujeres que las llevan.


Durante mucho tiempo, la dote se ha considerado una mercantilización de las mujeres. Ciertos investigadores franceses del siglo xix y de principios del xx creían que la dote era la prueba de que, en las sociedades magrebíes, el contrato matrimonial escondía una compraventa de la esposa. Para la mayoría, la dote señalaba los derechos adquiridos del marido respecto a la mujer mientras durara el enlace. Actualmente la dote se considera desde una perspectiva muy diferente: constituye la parte que le corresponde a la futura esposa por su participación en la creación y consolidación del nuevo vínculo familiar. La dote, además de representar un reconocimiento social de la mujer, permite garantizar su autonomía económica ante cualquier situación adversa.